Programa de Acceso a la Educación Superior (PACE)
Programa de Acceso a la Educación Superior (PACE)
Es el Programa de Acceso a la Educación Superior, el cual busca restituir el derecho a la educación a través de acciones de acompañamiento para las comunidades educativas de los establecimientos participantes del Programa, así como para las y los estudiantes, que cumplan con los criterios de habilitación PACE y se matriculen en alguna de las instituciones adscritas, durante sus dos primeros años de educación superior. Asimismo, lo anterior se pretende conseguir mediante el aseguramiento de cupos, supernumerarios, por parte de las 29 universidades en convenio con el Programa.
El Programa de Acceso a la Educación Superior (PACE), tiene como propósito principal restituir el derecho a la educación para estudiantes que provienen de sectores socioeconómicamente desfavorecidos a través del fortalecimiento de la educación pública.
De esta manera, se pretende asegurar la preparación de las y los estudiantes de sectores vulnerables que cursan III y IV medio en alguno de los establecimientos educacionales PACE, así como el acceso y el acompañamiento académico y psicoeducativo de las y los estudiantes que cumplan con los criterios de habilitación PACE y se matriculen en alguna de las 29 universidades en convenio.
Para participar de este programa no necesitas postular, si cuentas con matrícula en un establecimiento PACE, participarás automáticamente en las actividades comprometidas.
El Programa de Acompañamiento y Acceso a la Educación Superior (PACE), cuenta con la participación de 638 Establecimientos Educacionales, los cuales, en su mayoría, son públicos.
Revisa el listado de establecimientos adscritos a este Programa en el siguiente link.
El Programa de Acompañamiento y Acceso a la Educación Superior (PACE), cuenta con 29 Universidades en convenio.
Revisa el listado de Instituciones de Educación Superior adscritas a este Programa aquí.
Los criterios establecidos para encontrarse en una situación de habilitación PACE son los siguientes:
CRITERIO 1: Haber cursado 3ro y 4to medio en un establecimiento educacional PACE, y haber egresado, el año 2024, de 4to de un establecimiento educacional que cumpla esa misma condición.
CRITERIO 2: Encontrarse, ya sea, dentro del 25% superior de puntaje ranking de notas del establecimiento de egreso; o, haber obtenido un puntaje ranking igual o superior a 815 puntos en el Proceso de Admisión 2025.
Además, se considerarán habilitadas aquellas personas prehabilitadas que también cumplan con el siguiente criterio:
CRITERIO 3: Rendir las pruebas de admisión para el proceso de admisión 2025, que se indican: las dos PAES obligatorias (CL y M1) y rendir al menos una de las pruebas electivas (Ciencias o Historia y Ciencias Sociales).
¡Información relevante! El cupo podrá utilizarse por única vez. Entendiéndose como uso del cupo concretar una matrícula en alguna institución adscrita al Programa, independiente de la vía de ingreso.
El cupo podrá utilizarse por única vez. Entendiéndose como uso del cupo concretar una matrícula en alguna institución adscrita al Programa, ya sea por vía regular o por PACE.
El 25% superior de puntaje ranking de notas del establecimiento de egreso, se obtiene ordenando en forma decreciente a las y los estudiantes egresados de cada establecimiento de acuerdo a sus propios puntajes ranking, considerando para esto, exclusivamente, al estudiantado que cumpla con el primer criterio de habilitación.
Para el cálculo del PPP debes tener en consideración: los factores de selección, sus ponderaciones y la fórmula para realizar el cálculo.
Podrás obtener esta información en el documento de Oferta Definitiva de Carreras, Vacantes y Ponderaciones, que será publicado el 25 de septiembre de 2024.